El Ayuntamiento de Madrid con la finalidad de evitar posibles riesgos relacionados con la seguridad vial y ciudadana, entre el 1 de diciembre de 2017 y el 7 enero de 2018 (ambos incluidos), tiene previsto implantar de manera anticipada y programada una serie de medidas extraordinarias de control y regulación de la circulación del tránsito peatonal y motorizado, que se explican en detalle en el decreto al que puede accederse en el siguiente link:
Decreto de movilidad de vehículos en el Centro en Navidad 2017
Informamos a todos nuestros técnicos y servicios especiales de reparación que incluso durante los días de corte de los accesos de vehículos al Centro PODRÁN PASAR SIN PROBLEMA PRESENTANDO AL AGENTE DE MOVILIDAD DE CONTROL SU ORDEN DE SERVICIO. Así lo establece el Decreto en su Artículo 17 que señala como vehículos que pueden circular:
«17. Vehículos comerciales destinados a la reparación de
instalaciones de agua, electricidad, gas u otros suministros en la zona
restringida, y que así lo acrediten a través de la correspondiente orden
de trabajo o soporte documental que corresponda.»
Quiere esto decir que durante las Navidades nuestros locales podrán hacer uso de los servicios habituales de reparación que podrán acceder con sus operarios en vehículos comerciales de empresa.