Subvenciones al sector de hostelería de la Comunidad de Madrid

Subvenciones al sector de hostelería de la Comunidad de Madrid

El Consejo de Gobierno del pasado día 17 de diciembre de 2009 aprobó, dentro del Plan de Fomento e Impulso del Pequeño Comercio y la Hostelería (Plan FICOH), el Programa de Ayudas a Pymes Comerciales para la modernización e innovación del sector comercial. La órden reguladora será publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a finales de este mes de enero, con un plazo de presentación de solicitudes de 1 mes desde el día siguiente a la publicación.

Este año las solicitudes pueden tramitarse telemáticamente a través de la página www.madrid.org.

Estas ayudas a pymes comerciales y de hostelería, cuentan con un presupuesto de 4.936.000 según os indicamos en el siguiente extracto de la orden:

ORDEN  DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA  LA ORDEN 3756/2007, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE REGULAN LAS AYUDAS A PYMES COMERCIALES PARA LA MODERNIZACIÓN E INNOVACIÓN DEL SECTOR COMERCIAL Y SE REALIZA LA CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2010

 Actividad subvencionable:

 Equipamiento informático y tecnológico.

  • Equipamiento y bienes muebles especializados.
  • Equipamientos específicos para garantizar la seguridad de los establecimientos.
  • Obras o reformas integrales del punto de venta.

 Beneficiarios: Pymes que: 

  • Tengan rendimientos anuales por actividad comercial inferiores a 50.000.000 de euros.
  • Tengan menos de 250 trabajadores.
  • No estén participadas por empresas que no cumplan estos requisitos.
  • Disponer de una superficie de venta útil inferior a 1000 m2  para establecimientos dedicados al comercio al por menor de productos alimenticios.

 Requisitos: 

  • Que no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. 
  • Cuando el importe del gasto supere los 30.000 euros en ejecuciones de obra, o los 12.000 euros en suministro de bienes de equipo o prestación de servicios de consultaría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar al menos 3 ofertas de diferentes proveedores.

Cuantía:

  • Inversión mínima: 15.000 euros, IVA excluido.
  • Subvención máxima: hasta el 40% del presupuesto aceptado, no obstante cuando se realicen inversiones en equipamiento de seguridad de los establecimientos, el limite máximo se elevara al 70% del presupuesto aceptado en relación a la inversión en seguridad, con el límite máximo de un proyecto correspondiente a un establecimiento comercial por beneficiario y de 30.000 euros de importe de subvención calculado.

 Plazo de presentación de solicitudes:

  • 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Las solicitudes podrán presentarse tanto de forma presencial como telemática, a través de la web www.madrid.org

Periodo subvencionable:  

  • Desde el 15 de marzo de 2009 al 15 de junio de 2010.

Período de justificación de las subvenciones concedidas

  • Hasta el 30 de junio de 2010, salvo que la notificación de la concesión se produzca con posterioridad a dicha fecha. Las subvenciones concedidas se justificarán mediante las facturas definitivas de las inversiones realizadas acompañadas de sus correspondientes justificantes de pago (transferencias, cheques nominativos y recibís del proveedor sólo en el caso de pagos de facturas cuyo importe sea inferior a 1.000 euros). No se admite como forma de pago renting/ leasing