El Consejo de Gobierno del pasado día 17 de diciembre de 2009 aprobó, dentro del Plan de Fomento e Impulso del Pequeño Comercio y la Hostelería (Plan FICOH), el Programa de Ayudas a Pymes Comerciales para la modernización e innovación del sector comercial. La órden reguladora será publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid a finales de este mes de enero, con un plazo de presentación de solicitudes de 1 mes desde el día siguiente a la publicación.
Este año las solicitudes pueden tramitarse telemáticamente a través de la página www.madrid.org.
Estas ayudas a pymes comerciales y de hostelería, cuentan con un presupuesto de 4.936.000 según os indicamos en el siguiente extracto de la orden:
ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 3756/2007, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE REGULAN LAS AYUDAS A PYMES COMERCIALES PARA LA MODERNIZACIÓN E INNOVACIÓN DEL SECTOR COMERCIAL Y SE REALIZA LA CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2010
Actividad subvencionable:
Equipamiento informático y tecnológico.
- Equipamiento y bienes muebles especializados.
- Equipamientos específicos para garantizar la seguridad de los establecimientos.
- Obras o reformas integrales del punto de venta.
Beneficiarios: Pymes que:
- Tengan rendimientos anuales por actividad comercial inferiores a 50.000.000 de euros.
- Tengan menos de 250 trabajadores.
- No estén participadas por empresas que no cumplan estos requisitos.
- Disponer de una superficie de venta útil inferior a 1000 m2 para establecimientos dedicados al comercio al por menor de productos alimenticios.
Requisitos:
- Que no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Cuando el importe del gasto supere los 30.000 euros en ejecuciones de obra, o los 12.000 euros en suministro de bienes de equipo o prestación de servicios de consultaría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar al menos 3 ofertas de diferentes proveedores.
Cuantía:
- Inversión mínima: 15.000 euros, IVA excluido.
- Subvención máxima: hasta el 40% del presupuesto aceptado, no obstante cuando se realicen inversiones en equipamiento de seguridad de los establecimientos, el limite máximo se elevara al 70% del presupuesto aceptado en relación a la inversión en seguridad, con el límite máximo de un proyecto correspondiente a un establecimiento comercial por beneficiario y de 30.000 euros de importe de subvención calculado.
Plazo de presentación de solicitudes:
- 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Las solicitudes podrán presentarse tanto de forma presencial como telemática, a través de la web www.madrid.org
Periodo subvencionable:
- Desde el 15 de marzo de 2009 al 15 de junio de 2010.
Período de justificación de las subvenciones concedidas
- Hasta el 30 de junio de 2010, salvo que la notificación de la concesión se produzca con posterioridad a dicha fecha. Las subvenciones concedidas se justificarán mediante las facturas definitivas de las inversiones realizadas acompañadas de sus correspondientes justificantes de pago (transferencias, cheques nominativos y recibís del proveedor sólo en el caso de pagos de facturas cuyo importe sea inferior a 1.000 euros). No se admite como forma de pago renting/ leasing





